Con el cierre de la Semana Santa, muchos costarricenses ya miran el calendario buscando el próximo descanso oficial. Te contamos qué día será feriado próximamente y cuáles quedan en el año.
El siguiente feriado después de Semana Santa llegará en mayo, específicamente el jueves 1° de mayo, cuando se celebra el Día del Trabajador, un feriado de pago obligatorio que no será trasladado a otra fecha, según lo confirmó el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
“Ningún trabajador está obligado a laborar en días feriados, a menos que lo acepte de forma voluntaria”, recordó el MTSS.
Además, si alguien decide no trabajar durante un feriado, no puede ser sancionado por ello, incluso si su contrato es por tiempo indefinido o de jornada completa.
📅 Lista de feriados restantes en 2025
Estos son los 8 feriados que quedan en el año, divididos entre los de pago obligatorio y los no obligatorios:
✅ Feriados de pago obligatorio
- 1° de mayo – Día del Trabajador
- 25 de julio – Anexión del Partido de Nicoya
- 15 de agosto – Día de la Madre
- 15 de setiembre – Día de la Independencia
- 25 de diciembre – Navidad
⚠️ Feriados de pago no obligatorio
- 2 de agosto – Día de la Virgen de los Ángeles
- 31 de agosto – Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense
- 1° de diciembre – Día de la Abolición del Ejército
📝 Puntos clave:
- El próximo feriado será el jueves 1° de mayo.
- Es de pago obligatorio y no se traslada.
- Trabajar en feriados debe ser voluntario, nunca obligatorio.
- Aún quedan 8 feriados en 2025.
Recordá que estos días son oportunidades ideales para descansar, planificar viajes cortos o pasar tiempo en familia. ¡Tomá nota y aprovechalos al máximo!
| FECHA | DÍA DE DISFRUTE | APLICACIÓN DE PAGO |
|---|---|---|
| 1 de enero | Miércoles | de pago obligatorio |
| 11 de abril | Viernes | de pago obligatorio |
| Semana Santa (17 y 18 de abril) | Jueves y Viernes | de pago obligatorio |
| 1 de mayo | Jueves | de pago obligatorio |
| 25 de julio | Viernes | de pago obligatorio |
| 2 de agosto | Sábado | de pago no obligatorio |
| 15 de agosto | Viernes | de pago obligatorio |
| 31 de agosto | Domingo | de pago no obligatorio |
| 15 de setiembre | Lunes | de pago obligatorio |
| 1° de diciembre | Lunes | de pago no obligatorio |
| 25 de diciembre | Jueves | de pago obligatorio |
Nota con información de crhoy.com




