Tome pal pinto

Corte Suprema confirma multa millonaria contra famoso supermercado por cobrar distinto al precio del estante

Multa contra PriceSmart en Costa Rica por precio distinto en góndola
La Corte Suprema confirmó la multa millonaria contra PriceSmart por cobro irregular. Descripción: Imagen representativa de supermercado tras fallo judicial en Costa Rica contra PriceSmart.

El caso, que inició por dos six pack de gaseosas en Heredia, se convirtió en un histórico precedente para la defensa de los consumidores en Costa Rica.

Una compra rutinaria que terminó en los tribunales

Lo que parecía un trámite cotidiano en un supermercado derivó en un proceso judicial de casi ocho años. La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia confirmó una condena millonaria contra PriceSmart, luego de comprobarse que la cadena cobró un monto diferente al exhibido en góndola por dos paquetes de gaseosas. El caso fue revelado por La Nación y ha generado un fuerte debate sobre los derechos de los consumidores en el país.

El origen: Heredia, mayo del 2016

Todo inició cuando un cliente adquirió dos paquetes de Coca-Cola que aparecían en el estante con un precio rebajado de ¢4.800 cada uno, en lugar de los ¢6.495 habituales. Sin embargo, en caja se le cobró el precio original: ¢12.990 por ambos productos.

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El cliente reclamó y mostró una foto del estante donde todos los artículos aparecían juntos con el precio rebajado. Aun así, el supermercado argumentó que la promoción aplicaba solo a una fila específica y se negó a hacer ajustes.

De la denuncia al fallo

Ante la negativa, el consumidor presentó una denuncia ante la Comisión Nacional del Consumidor del MEIC, aportando como prueba la fotografía de la góndola con la rebaja escrita a mano.

Aunque en 2018 la empresa llegó a un acuerdo privado y pagó ¢100.000 al afectado, la Comisión consideró que no se trataba de un caso individual, sino de una infracción al deber de información clara y veraz. Por ello, declaró válido el reclamo y condenó a PriceSmart a pagar ¢2.557.000 al Estado, sin importar el acuerdo privado.

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Batalla judicial prolongada

La cadena apeló reiteradamente, argumentando que el caso ya estaba cerrado con la conciliación. Sin embargo, tanto la Comisión como el Tribunal Contencioso Administrativo rechazaron esas posiciones.

En diciembre de 2024, la Sala Primera ratificó el fallo, confirmando que se trataba de una violación al derecho colectivo de los consumidores y no de un simple reclamo patrimonial. Además, descartó que PriceSmart hubiera litigado de buena fe y obligó a cubrir las costas judiciales.

Un precedente clave en Costa Rica

Este fallo sienta un precedente histórico en materia de protección al consumidor. La resolución enfatiza que los acuerdos privados no eximen a las empresas de cumplir con la ley, especialmente cuando está en juego el interés público.

Consecuencias del caso:

  • Para los consumidores: demuestra que denunciar irregularidades puede generar consecuencias legales reales.
  • Para las empresas: deja claro que la información en góndola debe coincidir con lo cobrado en caja, o las sanciones pueden ser más costosas que una simple devolución.

El proceso recuerda a las cadenas comerciales que, en Costa Rica, el derecho a recibir información transparente es irrenunciable y está protegido incluso por la Corte Suprema de Justicia.

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