La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) reveló un listado de personas fallecidas que aún mantienen dinero en el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) y el Fondo de Capitalización Laboral (FCL). Los herederos o beneficiarios legales ya pueden iniciar el proceso para reclamar los recursos.
Publicación oficial de la CCSS
La Operadora de Pensiones Complementarias de la CCSS (OPC-CCSS) actualizó al 31 de julio de 2025 el listado de afiliados fallecidos con saldos pendientes en el ROPC y FCL. Este documento incluye datos clave como el nombre completo, número de identificación y el tipo de fondo en el que se encuentran los recursos.
Según la institución, la medida busca dar transparencia y facilitar el acceso al dinero a los familiares que, por ley, tienen derecho a reclamarlo bajo la Ley de Protección al Trabajador N.° 7983.
¿Cómo reclamar el FCL de un afiliado fallecido?
El Fondo de Capitalización Laboral (FCL) es un ahorro obligatorio que corresponde al 3% del salario de cada trabajador y se entrega en casos de despido, reducción de jornada o fallecimiento.
En caso de muerte del afiliado:

- El trámite debe iniciarse en el juzgado de trabajo de la localidad donde vivía la persona.
- La OPC-CCSS transfiere los fondos al expediente judicial.
- El juez determina quiénes son los beneficiarios legales, según el artículo 85 del Código de Trabajo.
👉 Para ubicar el juzgado correspondiente, se puede ingresar al portal del Poder Judicial: pjenlineacr.poder-judicial.go.cr/GIO. Solo deben escribir la palabra Juzgado en el buscador y presionar Enter.
Retiro de fondos en el ROPC
El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) funciona de forma distinta al FCL. Aquí el trámite inicia directamente ante la OPC-CCSS.
- Los interesados deben enviar un correo a fallecidos@opcccss.fi.cr.
- Recibirán la lista de requisitos y pasos a seguir.
- Una vez comprobada la documentación, la operadora libera los recursos siguiendo el orden de prioridad establecido por la ley.
Orden de prioridad de beneficiarios
- Beneficiarios designados en la pensión básica (IVM, Jupema o Poder Judicial).
- Beneficiarios designados en la OPC.
- En ausencia de designaciones, los herederos deberán acudir al juzgado de trabajo.
Documentos necesarios
Para iniciar el trámite, los herederos deben contar con:
- Certificado de defunción del afiliado.
- Copia de la cédula de identidad de los beneficiarios.
- Certificación de beneficiarios de pensión básica (si aplica).
- Resolución judicial o testamento (cuando corresponda).
- Otros documentos que solicite el juzgado o la OPC-CCSS.
¿Cuánto dinero puede haber en las cuentas?
Los montos pueden variar ampliamente:
- En el caso del FCL, se acumula un 3% anual del salario trasladado por el patrono.
- El ROPC corresponde a un ahorro complementario con aportes patronales y del trabajador.
En muchos casos, los saldos alcanzan varios millones de colones, razón por la cual es crucial que los familiares gestionen a tiempo el retiro para evitar que los recursos queden sin reclamar.
Importancia de consultar el listado
La CCSS subrayó que existen numerosos casos donde los familiares desconocen la existencia de estos fondos. El listado publicado busca precisamente informar y garantizar que el dinero llegue a quienes corresponde.
👉 El documento completo puede consultarse en el sitio web oficial de la CCSS, donde se detalla la información actualizada.
Consejos prácticos para los beneficiarios
- Revise si su familiar aparece en el listado.
- Identifique si corresponde FCL o ROPC para hacer el trámite correcto.
- Prepare toda la documentación antes de iniciar el proceso.
- Contacte al correo fallecidos@opcccss.fi.cr en caso de dudas.
- Gestione el trámite lo antes posible: aunque los fondos no prescriben, agilizar el proceso evita retrasos innecesarios.

