Tome pal pinto

CCSS publica lista de afiliados fallecidos con fondos en pensiones: así pueden retirarlos los beneficiarios

CCSS publica lista de afiliados fallecidos con fondos en ROPC y FCL
La CCSS publicó el listado de afiliados fallecidos con saldos pendientes en el ROPC y el FCL.

La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), a través de su Operadora de Pensiones Complementarias (OPC-CCSS), publicó el listado actualizado al 31 de julio de 2025 con los nombres de afiliados fallecidos que aún mantienen recursos en el Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) o en el Fondo de Capitalización Laboral (FCL). El objetivo es que beneficiarios o herederos puedan reclamar el dinero que por ley les corresponde.

De acuerdo con la institución, el documento busca dar transparencia al proceso y facilitar que los familiares de las personas fallecidas ejerzan los derechos que les otorga la Ley de Protección al Trabajador N.° 7983 y su normativa complementaria. El listado contiene tres datos clave: número de identificación de la persona fallecida, nombre completo y tipo de fondo donde mantenía saldo (ROPC o FCL). Con esta información, los beneficiarios pueden iniciar los trámites correspondientes para acceder a los recursos acumulados.

¿Cómo retirar fondos del FCL de una persona fallecida?

El Fondo de Capitalización Laboral (FCL) es un ahorro obligatorio que se entrega en casos específicos como despidos, reducción de jornada o fallecimiento del afiliado. Cuando el afiliado fallece, el retiro del FCL no se realiza directamente ante la operadora, sino que debe gestionarse en el juzgado de trabajo de la localidad donde vivía la persona.

CCSS publica lista de afiliados fallecidos
🔴 Esta noticia le puede interesar

Grupo Mutual sorprende con casas baratas y terrenos en Costa Rica: precios desde ¢7 millones

Ver lista de casas y fotos

Pasos a seguir

Iniciar el trámite judicial en el juzgado de trabajo correspondiente. La OPC-CCSS deposita los fondos en la cuenta del expediente judicial. El juez será quien determine quiénes son los beneficiarios legales, según el artículo 85 del Código de Trabajo.

Cómo retirar dinero de pensiones de un familiar fallecido en Costa Rica

Para conocer la dirección de los juzgados de trabajo, las personas pueden ingresar al sitio del Poder Judicial: pjenlineacr.poder-judicial.go.cr/GIO. Basta con escribir la palabra “Juzgado” en el buscador y presionar Enter.

¿Cómo retirar fondos del ROPC de un afiliado fallecido?

El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias (ROPC) funciona diferente al FCL. En este caso, el trámite sí inicia en la operadora (OPC-CCSS).

Procedimiento

Los beneficiarios deben comunicarse al correo electrónico: fallecidos@opcccss.fi.cr. Allí recibirán las instrucciones específicas y la lista de documentos a presentar. Una vez verificada la información, la operadora liberará los fondos según el orden establecido por la ley.

Orden de prioridad de beneficiarios

Primero se revisa si la persona ya tenía beneficiarios designados en su pensión básica (IVM, Jupema o Poder Judicial). Si no existen beneficiarios de pensión básica, se considerarán los designados por el afiliado ante la OPC. En caso de no existir designación, los herederos deberán acudir al juzgado de trabajo, tal como sucede con el FCL.

¿Dónde consultar el listado de afiliados fallecidos?

El archivo con la lista completa fue publicado por la CCSS y puede consultarse en el sitio web oficial de la institución. Incluye el nombre completo, número de identificación y el tipo de fondo que aún mantiene saldo. Este listado se actualiza periódicamente para garantizar que los familiares o herederos tengan acceso oportuno a la información. 👉 Acceda aquí al listado publicado por la CCSS

Documentos que deben presentar los beneficiarios

Para iniciar el trámite de retiro de fondos tanto del FCL como del ROPC, se deben aportar los siguientes documentos (digitales o físicos, según corresponda): certificado de defunción del afiliado, copia de cédula de identidad de los beneficiarios o herederos, certificación de beneficiarios de pensión básica (en caso de aplicar), resolución judicial o testamento (cuando corresponde) y documentos solicitados por el juzgado o la OPC según el caso.

¿Cuánto dinero puede haber en los fondos de un fallecido?

El monto varía según la historia laboral del afiliado. En general, el FCL acumula depósitos anuales equivalentes al 3% del salario, que son trasladados por el patrono. El ROPC representa un ahorro complementario, financiado con un porcentaje del salario y aportes patronales. En algunos casos, los montos pueden superar varios millones de colones, por lo que es importante que los beneficiarios gestionen el retiro para evitar que los recursos queden inmovilizados.

Importancia de reclamar los fondos

Según la OPC-CCSS, un número significativo de personas fallecidas mantiene saldos sin reclamar en sus cuentas. Esto sucede porque los familiares desconocen la existencia de estos fondos o no saben cómo iniciar el trámite. La publicación del listado busca precisamente que los herederos se informen y accedan a estos recursos, que son parte del patrimonio de la persona fallecida y deben beneficiar a su familia.

Consejos prácticos para los beneficiarios

Revise el listado publicado por la CCSS y verifique si su familiar fallecido aparece con fondos pendientes. Determine si corresponde FCL o ROPC para iniciar el trámite correcto. Reúna la documentación completa antes de iniciar el proceso. En caso de dudas, contacte a la OPC-CCSS al correo fallecidos@opcccss.fi.cr. No deje pasar el tiempo: aunque los fondos no se pierden, entre más rápido se tramite, antes podrá recibir el dinero.

La Caja Costarricense de Seguro Social, mediante su Operadora de Pensiones Complementarias, publicó el listado de afiliados fallecidos que aún mantienen recursos en el FCL y el ROPC. Los herederos y beneficiarios deben iniciar el proceso correspondiente en los juzgados de trabajo (para el FCL) o ante la OPC-CCSS (para el ROPC), según el caso. Con esta medida, la CCSS busca que los familiares puedan ejercer sus derechos y reclamar el dinero que por ley les corresponde.

Recibe nuestras noticias de primero

Introduce tu correo electrónico