Las cámaras de seguridad están cada vez más presentes en viviendas, negocios, condominios y vehículos. Sin embargo, que un dispositivo esté instalado por razones de seguridad no significa que pueda apuntar libremente hacia cualquier espacio.
En Costa Rica, el análisis parte del derecho a la intimidad y de la inviolabilidad del domicilio. La abogada Camila Céspedes, asociada senior de Quatro Legal, explicó que la videovigilancia puede tener una finalidad legítima, pero puede cruzar una línea cuando se dirige de forma deliberada hacia una persona o su espacio privado.
La intención y el ángulo importan
No existe una regla que diga cuántos metros puede abarcar una cámara o cuál debe ser exactamente su ángulo. Una cámara puede cubrir un portón, una entrada o una zona del inmueble y captar de manera incidental parte de la vía pública.
El escenario cambia cuando el dispositivo se orienta con el propósito específico de vigilar a una persona, registrar el interior de una vivienda o captar aspectos que pertenecen a su vida privada. En esos casos, la finalidad, la ubicación y lo que realmente se está grabando pueden ser determinantes.
No toda grabación requiere consentimiento
La presencia de una persona en una grabación de seguridad no significa automáticamente que exista una violación a su privacidad. Por ejemplo, cámaras instaladas en vehículos pueden registrar hacia adelante o hacia atrás como parte de una función de seguridad.
El tema volvió a tomar fuerza luego de que un Tribunal de Familia de San José analizara un caso relacionado con una cámara dirigida hacia la vivienda de una mujer. Ese tipo de situaciones muestra que la videovigilancia deja de ser un asunto puramente tecnológico cuando puede afectar derechos de terceros.
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Esta nota resume información general y no sustituye asesoría legal para un caso particular.




