El próximo martes 15 de septiembre Costa Rica conmemorará 205 años de independencia y, al tratarse de un feriado de pago obligatorio, las personas trabajadoras no están obligadas a laborar salvo que exista un acuerdo para hacerlo.
Quienes sí trabajen ese día deben recibir el pago correspondiente de acuerdo con la modalidad salarial y el tipo de actividad de la empresa.
¿Cómo se paga el 15 de septiembre?
En el caso de las personas que reciben salario semanal en actividades no comerciales, el feriado debe pagarse aunque no se trabaje. Si la persona labora ese día, corresponde el pago doble.
Para quienes reciben salario mensual, quincenal o semanal en actividades comerciales, el pago del feriado ya está incluido en el salario ordinario. Si trabajan el 15 de septiembre, el patrono debe agregar un salario sencillo adicional para completar el pago doble.
Horas extra se pagan triple
Si además de trabajar durante el feriado la persona realiza horas extra, esas horas deben pagarse a valor triple.
El 15 de septiembre es uno de los últimos feriados del año. Después quedan el 1.° de diciembre, de pago no obligatorio, y el 25 de diciembre, de pago obligatorio.
Ante dudas sobre el cálculo del salario correspondiente, las personas trabajadoras pueden consultar directamente con su patrono o con las autoridades laborales.




