Desde este martes 8 de septiembre, varias plataformas digitales de uso frecuente en Costa Rica comenzaron a quedar sujetas al cobro del 13% del Impuesto al Valor Agregado (IVA), luego de una actualización realizada por el Ministerio de Hacienda.
La medida incorpora 20 nuevos proveedores e intermediarios de servicios digitales transfronterizos a la lista oficial, que ahora pasa de 161 a 181 servicios gravados. Entre los nombres más conocidos aparecen ChatGPT, Claude, Grok, TikTok, Booking.com, Expedia y PlayStation Network.

No se trata de un impuesto nuevo
Hacienda ha aclarado que el cobro del IVA a servicios digitales transfronterizos existe en Costa Rica desde 2020. Lo que cambia ahora es la cantidad de plataformas incluidas en el listado oficial.
La tarifa general es del 13% sobre el valor del servicio o bien digital adquirido cuando este es consumido desde territorio costarricense. Por ejemplo, una suscripción de ₡10.000 sujeta al impuesto tendría un IVA de ₡1.300.
¿Cómo se realizará el cobro?
El mecanismo puede variar según la plataforma y la forma en que procese los pagos. En algunos casos, el proveedor digital incorpora directamente el IVA en la factura. En otros, la percepción puede realizarse mediante la entidad que procesa la tarjeta u otro medio de pago utilizado por el consumidor.
En el caso de TikTok, la propia plataforma ha indicado que para las compras de publicidad realizadas desde Costa Rica aplicará un 13% de IVA y solicitará información fiscal para determinar el tratamiento correspondiente.
Empresas podrían utilizarlo como crédito fiscal
Para empresas y trabajadores que utilizan estas plataformas como parte de su actividad económica, el IVA pagado podría ser reconocido como crédito fiscal, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la normativa tributaria.
Esto significa que el impacto no necesariamente será el mismo para un consumidor final que para una empresa que utiliza servicios de inteligencia artificial, publicidad digital o plataformas de reservaciones dentro de su operación.
La actualización fue formalizada mediante la resolución MH-DGT-OF-0592-2026 de la Dirección General de Tributación. Con la entrada en vigencia de la nueva lista, los usuarios deberán prestar atención a sus próximos cobros y facturas para identificar cómo se refleja el IVA en cada servicio.



